ITV. Valoración eficacia freno de servicio en motocicletas.

Desde el Departamento de Seguridad Vial de la ONG Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas se advierte que en determinadas ocasiones, la “no aceptación” por parte del centro de ITV de valores superiores al 25 % pero inferiores al 50 % es contraria a la norma.

CONCLUSIONES BÁSICAS DEL INFORME

Para la valoración positiva de la eficacia del sistema de frenado en los centros de ITV, el valor requerido de eficacia mínima de frenado para los vehículos de la categoría L y queremos concretar en la subcategoría L3e, debería ajustarse a los criterios de homologación en el momento de su primera matriculación.

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Las «causas de no aceptación» no serán aplicables cuando se refieran a requisitos no prescritos en la legislación pertinente sobre homologación de vehículos en el momento de la primera matriculación o de la primera puesta en circulación o adaptación.

Podemos decir también que en base a la fecha límite de transposición de la Directiva 2010/48/UE, 31 de diciembre de 2011, todos los vehículos de la categoría L anteriores a esa fecha debería establecerse el habitual valor mínimo del 25 % para la eficacia total del sistema de frenado.

En cualquier caso, el planteamiento diferenciador entre los vehículos con contraseña europea y los que no tienen contraseña europea, presenta una barrera clara sobre la credibilidad de los objetivos del Manual de ITV.

Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas