Los hechos probados son constitutivos de infracción a la Ley de Carreteras por y deberían sancionarse con un mínimo de 15.001 euros. También se prueban infracciones a la ley de seguridad vial y al Reglamento General de Circulación.
 
Desde IMU, solicita al ministro de Fomento que imponga una sanción contra su máximo responsable Pere Navarro por ser conocedor de estas infracciones y no ordenar la restitución de la seguridad vial.
 
INFORMAMOS
 
El departamento de Seguridad Vial de unión internacional para la Defensa de los Motociclistas ha procedido una vez más a denunciar una caja de radar, la peana de obra, señalización y la conservación e instalación ilegal de una barrera metálica de seguridad en este caso, en la carretera N-430 kilómetro 113.
 
 
HECHOS DENUNCIADOS.
 
Instalar caja metálica para equipos de control de velocidad incumpliendo la legislación de carreteras, sus reglamentos y las normas técnicas, produciendo efectos que modifican las condiciones de seguridad apropiadas para circular (Artículo 4 RGC). La caja del radar y su base de obra se encuentra dentro del ancho de trabajo del sistema modificando su comportamiento dinámico en caso de impacto.
 
La distancia de la caja de radar a la barrera metálica de seguridad es de 30 centímetros aproximadamente, debiendo ser superior a 130 centímetros, poniendo en peligro la seguridad de los ciudadanos.
 
Además, se denuncia la instalación ilegal de la barrera metálica de seguridad al faltar piezas fundamentales para su correcta y esperada funcionalidad, arandelas, tornillos, zona de solapamiento, etc
 
Por otro lado, se recuerda que la señalización debe ser creíble y ajustarse a la realidad de lo señalizado. En el momento de inspección la señal de control de velocidad por radar era mentira, no existiendo dentro de la caja cinemómetro de ningún tipo, incumpliéndose el RDL 6/2015, RD 1428/03 y norma técnica 8.1 IC.
 
 
Riesgo asociado. Entre otros se determinan como más probables.
 
a) Incremento de daños y/o lesiones en caso de impacto con la barrera metálica de seguridad debido al comportamiento no esperado técnicamente de la misma.
 
b) Impacto contra obstáculo en trayectoria.
 
c) Incremento de daños al erario público.