Informe

DM_2015_SV_075_Bicicletas acera

Sentencia Juzgado bicicleta impacta con vehículo en acera. 15.04.27

RODEADO

¿QUE PASA SI ME ATROPELLA UNA BICICLETA EN LA ACERA?… Condenado un ciclista por circular por la acera y golpear un coche que salía de un garaje.

¿Pueden los ciclistas circular por las aceras?

El juzgado (Tribunal Superior de Justicia de Cantabria) considera que el ciclista no circulaba a la velocidad del paso de un peatón, la única permitida por el Reglamento General de la Circulación, que prohíbe además toda clase de vehículos en las aceras.

La sentencia, condena al ciclista a abonar a la propietaria del vehículo una indemnización por los daños ocasionados en el turismo, y que ascienden a 600 euros.

Desde la Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas y consecuencia de las diferentes consultas practicadas, debemos informar que consideramos que los ciclistas no pueden circular por las aceras salvo que lo hagan por carriles bici perfectamente delimitados y señalizados. En este último caso no deberán superar la velocidad de 5 km/h.

Entorno legal de apoyo a la resolución:

R.D.L. 339/90, R.D. 339/2014 y Reglamento General de Circulación (R.D. 1428/03) en sus artículos 2, 121.4 y 121.5.

Descárgate el informe y la sentencia.

Unión Internacional Defensa Motociclistas