Con relación a otros peatones… ¿Sabes que solo tienes preferencia si vas por la acera de tu derecha?

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Desde Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas, atendiendo al requerimiento practicado por un socio relativo al uso peatonal de aceras, debemos informar:

El Capítulo IV del Real Decreto 1428/03 presenta, en el punto 4 del artículo 121, unas condiciones de uso de aceras claras y desconocidas en parte que dictan la preferencia del peatón sobre otros peatones y otras condiciones de uso de las propias aceras.

  •  Todo peatón debe circular por la acera de la derecha en el sentido de la marcha.
  • Cuando el peatón circule por la acera o paseo izquierdo, debe ceder siempre el paso a los que lleven su mano.
  • Ningún peatón debe detenerse de forma que impida el paso por la acera de los demás, salvo que resulte inevitable para:
  • Cruzar un paso para peatones.
  • Subir a un vehículo.

Gracias a todos por vuestra colaboración, apoyo y confianza.

Descarga nota informativa: 2016_sv_353_uso-prioritario-de-la-acera_peatones

Departamento de Seguridad Vial

seguridadvial@defensamotociclistas.org