Con relación a otros peatones… ¿Sabes que solo tienes preferencia si vas por la acera de tu derecha?
Desde Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas, atendiendo al requerimiento practicado por un socio relativo al uso peatonal de aceras, debemos informar:
El Capítulo IV del Real Decreto 1428/03 presenta, en el punto 4 del artículo 121, unas condiciones de uso de aceras claras y desconocidas en parte que dictan la preferencia del peatón sobre otros peatones y otras condiciones de uso de las propias aceras.
- Todo peatón debe circular por la acera de la derecha en el sentido de la marcha.
- Cuando el peatón circule por la acera o paseo izquierdo, debe ceder siempre el paso a los que lleven su mano.
- Ningún peatón debe detenerse de forma que impida el paso por la acera de los demás, salvo que resulte inevitable para:
- Cruzar un paso para peatones.
- Subir a un vehículo.
Gracias a todos por vuestra colaboración, apoyo y confianza.
Descarga nota informativa: 2016_sv_353_uso-prioritario-de-la-acera_peatones
Departamento de Seguridad Vial
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