¿PUEDO YO TAMBIEN AL IGUAL QUE HACE LA DGT, HACER EXPERIMENTOS EN LA CARRETERA?… LA DGT HACE EXPERIMENTOS ILEGALES CON LAS CARRETERAS… pero con ello se harta a desobedecer el Reglamento general de Circulación.

Descarga informe completo: 2016_sv_377_denunciada-dgt-por-incumplir-rgc

A través de la denuncia llevada a efecto por el Departamento de Seguridad Vial de Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas, se ha solicitado:

  1. La inmediata restitución de la seguridad vial en las vías y que se dejen los experimentos para otros escenarios.
  2. Se muestre el respeto debido al marco legal del Reglamento General de Circulación.

Nuestro posicionamiento.

  • Esta organización ciudadana recomienda el cumplimiento del R.G.C. y resto de las normas de tráfico al objeto de mantener un marco de convivencia en seguridad óptimo.
  • Esta organización ciudadana denuncia y desaprueba hacer experimentos en las vías públicas utilizando como “Cavia porcellus” a los ciudadanos usuarios de las mismas
  • Esta organización ciudadana DENUNCIA a la D.G.T. por incumplir el Reglamento General de Circulación y hacer publicidad de sus imprudencias.

Mientras la D.G.T. de la mano de la Junta de Castilla y León juegan a hacer experimentos en las carreteras CL-615 y CL-613, por que según ellos el problema es la velocidad, estas carreteras incumplen de forma reiteradas las normas de tráfico en lo referido a su mantenimiento.

Debemos recordar que la modificación de la forma y color de la marca vial de fin de calzada o la incorporación de otra marca vial de color verde, alterando el catálogo oficial de señales de tráfico, es una infracción prevista en el artículo 134.3 sobre “Catálogo oficial de señales de circulación” del Reglamento general de Circulación (R.D. 1428/03).

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Pero el problema es mucho más grave cuando en las referidas carreteras dónde se realizan los experimentos se incumple de forma sistemática el Reglamento General de Circulación por no mantener la vía atendiendo a los criterios técnico legales establecidos, poniéndose en peligro y de esta forma el derecho a la seguridad de los ciudadanos (artículos 139 y otros del R.G.C.).

En este sentido, la CL-615 presenta infracciones graves al Reglamento General de Circulación, afectando imprudentemente a la seguridad vial y asociadas a:

  • Señalización vertical asociada a la preferencia de paso desde vías pavimentadas (véase travesías como la de Saldaña y otras localidades, aunque el problema persiste en vía interurbana.
  • Terminales de barrera metálica de seguridad de alto riesgo en las zonas de Saldaña, Lobera, etc.
  • Vulneración de las normas de plantaciones y seguridad pasiva.
  • Paradas de trasporte colectivo de viajeros sin señalización reglamentaria, sin carril de aceleración y en zonas de conflicto (intersecciones). Véase a modo de ejemplo la de la intersección con la PP-2416 (Bustillo de la Vega – km 53) o la parada de Renedo de la Vega.

La CL-613 presenta infracciones graves al Reglamento General de Circulación, afectando imprudentemente a la seguridad vial y asociadas a:

  • Sistemas de contención de vehículos ilegales.
  • Vulneración de las normas de plantaciones y seguridad pasiva.
  • Pasos salva cunetas de alto riesgo y sin protección.
  • Instalación de carteles distractores de conductores con tiempo superior a 10 segundos de lectura.
  • Uso armas de fuego. Señales con impactos de bala.
  • Barreras seguridad en obras de paso (Ejemplo puente sobre rio Baldeginate).

Como recomendaciones complementarias para ambas carreteras requerimos, ante la ausencia:

  • La instalación de Sistemas de protección para Motociclistas en barreras de seguridad metálicas.
  • La instalación de señal vertical de STOP en caminos terrizos que desembocan en las vías preferentes pavimentadas.

Enlace. http://revista.dgt.es/es/noticias/nacional/2016/11NOVIEMBRE/1114franjas-verdes-tramos-de-carretera-invive-palencia-y-leon.shtml#.WCtmgpszWUk

Gracias a todos por vuestra colaboración, apoyo y confianza.

Departamento de Seguridad Vial

seguridadvial@defensamotociclistas.org