El Departamento de Seguridad Vial de Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas, ha procedido, atendiendo a la consulta ciudadana sobre el informe emitido con referencia 2017_SV_214 y que trataba la legalidad de uso de un casco modular abierto, a aclarar que los hechos pueden ser constitutivos de infracción, pero no conlleva la retirada de puntos.

Debemos apreciar la diferencia entre dos conceptos, para este caso el hecho denunciado es “Hacer uso de forma inadecuada” y no el hecho diferencial “No hacer uso”.

Esta situación se reformó por el RDL 6/2015 que establece la detracción actualizada de 3 puntos por la sanción en firme en vía administrativa por “No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección” (Caso 18).

En ningún momento se establece el “Uso inadecuado”, tan solo se dicta el “Uso”.

Por lo tanto, la infracción por no utilizar el casco adecuadamente sea pasajero o conductor:

  • Está considerada como grave.
  • Es responsable siempre el conductor de la motocicleta o ciclomotor.
  • La sanción es de 200 euros.
  • La sanción puede tener un descuento de 100 euros.
  • Pérdida de puntos: No (El hecho denunciado no es “No hacer uso” es “Hacer uso de forma inadecuada”) Reformado por el RDL 6/2015.

Por otro lado, en el codificado de la academia de Mérida de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de 2017 ya viene solucionado el concepto y sus notas complementarias.

Insistimos: Recomendamos el uso del casco modular con la mentonera siempre bajada y cerrada

Descarga nota informativa: 2017_SV_258_Retirada puntos por casco modular abierto

Dpto. Seguridad Vial

Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas

seguridadvial@defensamotociclistas.org