El Departamento de Seguridad Vial de la organización ciudadana Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas, advierte que en una motocicleta que tenga una luz de posición en su parte delante o trasera, en el caso que esta no funcione, se calificará como defecto grave y no superará la ITV.

¿Qué sucede si al pasar la ITV tenemos fundida una luz de posición?

Si tenemos dos luces de posición para la parte afectada (delantera o trasera) se calificará como defecto leve. Si tenemos una solo luz de posición no superará la ITV, dándola como negativa al calificarse el defecto como grave.

Este es el criterio a seguir por el “Manual de procedimiento de inspección de las estaciones de ITV” en su versión 7.2.1. Sección II, en su página 239 (sucede lo mismo en la versión anterior del manual 7.2.0.)

Las motocicletas tienen que llevar para su homologación y circulación por la vía pública luz de posición delantera y trasera (Art. 15.3 y 16.2 del RGV), cumpliendo con las exigencias del Anexo I del R.D. 2822/98 (artículo 15.4 y artículo 16 del RGV) y también las del Anexo X (artículo 16 del RGV).

Entendemos por luz de posición delantera, la luz utilizada para indicar la presencia y la anchura del vehículo, cuando se le vea por delante (Definición 1.4 del anexo X del RD 2822/98).

Entendemos por luz de posición trasera, la luz utilizada para indicar la presencia y la anchura del vehículo, cuando se le vea por detrás (Definición 1.5 del anexo X del RD 2822/98).

Las motocicletas pueden llevar hasta 2 luces de posición delantera de color blanco y hasta 2 luces de posición trasera de color rojo. No obstante, a fecha actual, el R(UE)168/2013 permite la luz de posición delantera de color ámbar.

Si es una luz se situará en el plano longitudinal medio del vehículo, pero si son dos, están guardarán simetría con respecto al plano longitudinal medio del vehículo.

Riesgo vial asociado a la incidencia de no funcionamiento de la luz de posición.

Si la motocicleta se queda detenida en la calzada y/o arcén entre la puesta y la salida del Sol, supone un grave obstáculo a la circulación que debe ser debidamente señalizado mediante, al menos, con la señalización de posición (artículo 105 del R.D. 1428/03).

Debemos recordar la importancia de las señales en los vehículos, que tienen por objeto dar a conocer a los usuarios de la vía pública determinadas circunstancias o características del vehículo en el que están colocadas y que son exigibles solamente cuando el vehículo o el conductor del mismo están afectados por alguna condición que es preciso destacar.

Recordamos para terminar que Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas es un modelo de herramienta social, integrada por ciudadanos y que tiene por principales objetivos la consumación de los derechos individuales y colectivos asociados a la movilidad de motociclistas.

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2017_SV_486_Denuncia ayuntamiento Zarautz

Departamento de seguridad vial

Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas

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