El Departamento de Seguridad Vial de Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas, ha recibido la siguiente consulta:

Buenos días. ¿Cómo puedo estacionar una motocicleta en las aceras de Barcelona? Tengo varios compañeros que los han denunciado ¿Qué debo hacer?

Por considerarla de interés público se ofrece y hace pública la siguiente respuesta:

Estacionar una motocicleta en una acera está prohibido, salvo que se diga lo contrario mediante ordenanza municipal.

En Barcelona, al existir una ordenanza municipal reguladora, si se pueden estacionar motocicletas en las aceras atendiendo a las siguientes condiciones y prohibiciones.

Prohibiciones:

No se puede estacionar motocicletas en aceras inferiores a 3 metros.

No se puede estacionar motocicletas en aceras que esté prohibido por la señal reglamentariamente establecida y su panel complementario lo indique debidamente en idioma castellano, aunque puede reforzarse con el idioma catalán.

No se puede circular con el motor en marcha, con una motocicleta, por una acera.

No se puede estacionar a menos de 2 de pasos para peatones.

No se puede estacionar a menos de 2 metros de paradas de autobús.

No se puede estacionar dificultando el acceso a papeleras, contenedores, bancos, parkings, etc

Condiciones:

En aceras de 3 a 6 metros deberá colocarse la motocicleta en línea, a 0,50 metros del borde exterior de la acera.

En aceras de 6 o más metros podrá estacionarse en semi batería, siempre que tengamos más de tres metros libres de paso.

Especial atención a las zonas de terrazas y carriles bici sobre aceras.

En defensa de los ciudadanos

Dpto. Seguridad Vial
Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas