… y el tramo no está señalizado con la P-24.

Advertimos una vez más que la falta de señalización de un peligro, si el peligro se convierte en causa concurrente en un accidente, puede generar responsabilidad en el titular de la vía.

Disposición Adicional Séptima del R.D.L 6/2015, habla de la responsabilidad en el atropello de especies cinegéticas y en su párrafo tercero, identifica dos causas de responsabilidad del titular de la vía:

1. No reparar la valla de cerramiento en plazo.
2. No señalizar de forma específica el peligro de presencia de animales sueltos.

Reciente caso como ejemplo.

Los hechos sucedieron el 31 de enero de 2016 a las 19:30 horas, en la N-630 pk 87,500. Cerca de Villamanín (León) cuando un motorista atropelló a un Jabalí. Las consecuencias fueron un herido grave y daños importantes.

El 22 de marzo de 2017 se interpuso la reclamación por responsabilidad patrimonial.

En septiembre de 2017 el Ministerio de Fomento,como titular de la vía y a sabiendas que no había señalizado el peligro, desestimó la reclamación del conductor de la motocicleta.

La Audiencia Nacional de Madrid, con fecha 24 de mayo de 2019, falló obligando al Estado a indemnizar al motorista con 46.061,65 € al no haber señalizado el peligro con la señal vertical P-24 “Paso de animales en libertad”.

El Ministerio de Fomento 3 años y casi 4 meses despues, ha pagado el daño causado.

Nosotros nos preguntamos ¿Por qué se debe luchar para lograr tu derecho cuándo la situación es clara?

Normativa relacionada:
R.D.L. 6/2015 Ley de Seguridad Vial.
Sentencia del Tribunal Constitucional 112/2018.

El video muestra ejemplos en las carreteras A 2410 y A 230 en la provincia de Zaragoza.

Informa para conocimiento.
Dpto. Seguridad Vial.
Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas.