¿Sabía que el Reglamento General de Circulación nunca hubiera podido obligar a los motoristas a llevar chalecos de airbag?

¿Sabía que para poder obligar al uso del chaleco de airbag era necesario incluirlo en el proyecto de ley y nunca lo incluyeron?

La otra realidad del chaleco de airbag y las diferencias del cuento para adaptarlo a los intereses personales, es una verdad que tenemos que asumir en esto de la lucha por un reconocimiento social o salir en la foto, pero desde I.M.U. no debemos ni podemos olvidar el valor del honor, frente al valor de los honores. Desde que se publicó el proyecto ley 121/000050, con fecha 26 de marzo de 2021, se determinó que la reforma legal no incluiría la incorporación de los equipos de airbag.

Para que se pudiera llevar a efecto era necesaria una reforma del RDL 6/2015 y no se podía hacer solo en el RD 1428/03 (Reglamento). Dicho de otra forma, el Reglamento no podía, por si solo, obligar al uso, la ley debía abrir la puerta y no lo hizo en su artículo 13.4 y el Reglamento incorporaría las condiciones y excepciones.

Por tanto, se descartó la obligatoriedad en marzo de 2021 cuando el proyecto ley no lo contemplaba.

Es lo mismo que cuando se advertía en determinadas redes sociales, que se harían alegaciones a la obligatoriedad del chaleco de airbag y no había nada que alegar pues no existía proyecto ley que lo contemplara. Salvo que se quisiera incorporar, por parte de algunos interesados, su obligación (por adición).

No obstante y ante el riesgo de las manifestaciones vertidas por el Director de la DGT y el Ministro de Interior sobre posibles cambios jurídicos de futuro (a largo plazo), a finales de marzo de 2021, I.M.U. remitió requerimiento 2021SV47 al Presidente del Gobierno y a las dos autoridades anteriormente referidas.

Siendo contestado por Presidencia del Gobierno con fecha 9 de abril del presente año, quién dio traslado al ministerio correspondiente tomando nota de lo solicitado.

Con fecha 24 de abril, en redes sociales de I.M.U., aclarábamos entre otras cosas, que el chaleco de airbag no sería obligatorio. Lo que hacíamos para conocimiento público y tranquilidad de los ciudadanos motociclistas.

Hoy no ha cambiado nada. Todo sigue igual y no será obligatorio pues se necesita el cambio en la Ley de Seguridad Vial y no en su Reglamento.

¿Por qué se mantiene entre los quince puntos del manifiesto en la manifestación de 13 de junio?

Cómo el pago por uso de las carreteras… Para evitar la intención o futura intención.

Nota final:

Todos los documentos de requerimiento que se practicaron al Presidente del Gobierno, Ministro de Interior y Director General de Tráfico fueron apoyados por el “Informa de valoraciones y riesgos asociados al uso de chalecos de airbag” y el posicionamiento social de los resultados de la encuesta “Tu decides, tu te posicionas” sobre la intencionalidad del uso obligatorio del chaleco de airbag, que con 1.550 personas se determinó, en un 91,2% que no fuera obligatorio. Un 5,5 % quería la obligación y un 3,4 % quería la obligación en carretera.

Creemos y estamos convencidos que para evitar que las intenciones lleguen a los hechos el posicionamiento de la sociedad es importante… Y por ahora esa realidad es la que ha hecho, entre todos y por todos, que las intenciones no avancen por ahora.

Gracias a todos por estar ahí y formar parte de la lucha social por el derecho.

Informa para conocimiento público.
Juan Carlos Toribio
Dpto. Seguridad Vial
I.M.U.
seguridadvial@seguridadmotociclistas.org