El departamento de seguridad vial de Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas ha procedido a denunciar en expediente 2022 CEC 044, por poner en peligro la vida e integridad de los ciudadanos, los ilícitos de:

  • Señalizar la presencia de radares sin la existencia de los mismos, siendo cajas falsas y portando la señalización cada una de ellas y con anterioridad de radar, faltando a la verdad.
  • Ocupar la parte transitable del arcén, reduciendo su anchura funcional y sin señalización previa reglamentaria al efecto, en varios puntos de la carretera, con tres conos consecutivos próximos a la barrera metálica de seguridad.
  • Mantener una barrera metálica de seguridad con deformaciones graves y ausencia de tornillería, careciendo de la funcionalidad certificada y vulnerando las normas básicas de mantenimiento afectando y alterando negativamente la seguridad pasiva, pudiendo incrementar los daños y/o lesiones en caso de impacto.
  • Amarrar con cadenas y candados cajas falsas de radares a las barreras metálicas de seguridad afectando gravemente a su comportamiento dinámico ante el impacto pudiendo agravar las consecuencias de un siniestro de tránsito.

Los hechos infractores y de alto riesgo para la seguridad de los ciudadanos se han verificado entre los kilómetros 20 y 23 de la carretera C-12 en la provincia de Tarragona a las 12:00 horas del día de ayer 30 de mayo de 2022.

Se solicito mediante llamada de 112 la personación del cuerpo policial autonómico competente, personándose en el lugar de los hechos dos patrullas de los Mossos d`esquadra.

Próximamente se emitirá un video de los hechos grabados en el canal de “Desterrado” de youtube.

https://www.youtube.com/c/DESTERRADO

Los hechos se han denunciado ante el propio Director del Servei Catalá de Transit, al que se le ha solicitado que:

  • Bajo el mandato de la ley, la apertura de expediente sancionador a los autores de las infracciones denunciadas.
  • Se dicten instrucciones claras y concretas sobre la ilegalidad de instalación de las cajas de radares falsas y su modo de instalación. Se motiven las mismas, dándonos traslado de las instrucciones a este departamento y ordenando la retirada inmediata de todas ellas.
  • Se dicten instrucciones a los agentes de la autoridad para que sean conocedores de la obligación de recepcionar insitu, denuncias de carácter voluntario de los ciudadanos asociadas al incumplimiento de la ley de seguridad vial y su reglamento, sin necesidad de dirigirse a una comisaría, dándonos traslado de las instrucciones a este departamento (RDL 6/2015 y RD 320/94).
  • Se adjunte la autorización del titular de la vía para la instalación de estos elementos ilegales y de riesgos amarrados con cadenas a las barreras metálicas de seguridad.
  • Se informe a este departamento de todas las medidas adoptadas.

CONCLUSIONES

  • La situación pone en peligro la seguridad de los ciudadanos, alterando el escenario destinado a la circulación de vehículos en lo relativo a la seguridad pasiva. Dicho de otra forma, puede generar el incremento de daños y/o lesiones, una situación que jurídicamente no debe soportar el ciudadano afectado.
  • Por otro lado, existe una clara alteración de la seguridad activa, capaz de generar siniestros de tránsito.
  • En todo caso, las infracciones están cometidas también por el titular de la vía, quien tiene la obligación de restituir la seguridad vial.

Se advierte a los ciudadanos que defiendan sus derechos ante este atropello al estado de derecho.

Juan Carlos Toribio

Departamento de seguridad vial.

Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas

seguridadvial@seguridadmotociclistas.org

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