El departamento de Seguridad Vial ha comprobado el deficiente estado de conservación y mantenimiento de la carretera ZA L 2219 violando, para los ciudadanos que la usan, el derecho constitucional de la seguridad y a ser tratado con igualdad con relación a otras zonas del territorio. También se viola la obligación de obedecer el ordenamiento jurídico.

Las deficiencias más graves detectadas y que pueden estar asociadas como factores concurrentes a siniestros de tránsito por salida de vía, colisiones frontales e incluso incremento de daños y/o lesiones son:

  • Anchura funcional ilegal e insuficiente que no permite el cruce de dos vehículos de 1,8 metros de anchura sin colisión o sin salirse de la calzada y teniendo en consideración que está autorizada la circulación de vehículos de 2,60 metros de ancho. La anchura comprobada es variable llegando a tener para el ancho total funcional de plataforma y para ambos sentidos de circulación 3,40 metros.
  • Ausencia de regulación específica de la velocidad manteniendo todo el trazado una genérica de 90 km/h estando reforzada con aconsejables que no son de obligado cumplimiento.
  • Firme de rodadura con deformaciones, descarnado y gravemente deteriorado que no proporciona la obligada regularidad funcional y con capacidad de desestabilizar una motocicleta u otro tipo de vehículo.
  • Presencia de barreras metálicas y pretiles de seguridad con deficiencias muy graves y por tanto ilegales, que afectan a su comportamiento dinámico ante el impacto pudiendo incrementar los daños y/o lesiones en caso de choque.

El departamento de Seguridad Vial ha comprobado el deficiente estado de conservación y mantenimiento del sistema de protección y contención, del tipo barrera de seguridad metálica, que pone en grave riesgo la seguridad vial de los ciudadanos.

Áridos y mal estado

Deficiencias graves en barreras metálicas de seguridad. Infracción artículo 139 RD 1428/03, artículo 57 del RDL 6/2015 y OC 35/2014. Véase ANEXO I de ejemplos de incumplimiento detectados:

  1. Postes soporte de sustentación de la barrera mecanizados.
  2. Solapamiento invertido de varios tramos.
  3. Ausencia de arandelas.
  4. Ausencia de tornillería.
  5. Pares de apriete incorrectos.
  6. Presentación de zapatas de postes soporte.
  7. Ausencia de sistema de protección de motociclistas en trayectorias curvas que debería de estar instalado.
Postes soporte

CONCLUSIONES

  • La situación, además de ser ilegal pone en peligro la seguridad de los ciudadanos, alterando el escenario destinado a la circulación de vehículos en lo relativo a la seguridad activa y pasiva.

Se advierte a los ciudadanos que defiendan sus derechos ante este atropello al estado de derecho.

Juan Carlos Toribio

Departamento de Seguridad Vial

Unión Internacional para la Defensa de los Motociclistas

605806676

seguridadvial@seguridadmotociclistas.org

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